Qué Hacer si No Hay un Testamento que Indique Preferencia por Cremación
Cuando una persona fallece sin dejar instrucciones claras sobre sus deseos funerarios, como en el caso de la cremación, los familiares y seres queridos se enfrentan a una situación delicada. La decisión sobre si cremar o inhumar los restos puede generar tensiones familiares, dudas éticas y preguntas legales. En este artículo, exploraremos qué hacer cuando no existe un testamento o una manifestación expresa que indique una preferencia por la cremación, especialmente en el contexto de la legislación chilena, pero con consideraciones que también pueden aplicarse en otros países.
1. La importancia de la voluntad del fallecido
En un escenario ideal, el fallecido deja por escrito sus deseos respecto a su funeral y forma de disposición final (ya sea inhumación o cremación). Esta declaración puede figurar en un testamento, en una directiva anticipada o en una manifestación verbal a personas cercanas. Sin embargo, no siempre ocurre así.
En ausencia de instrucciones explícitas, la ley generalmente permite que los familiares más cercanos tomen la decisión, siguiendo un orden de prelación.
2. ¿Quién decide en ausencia de testamento?
En Chile, según el Reglamento General de Cementerios (Decreto N.º 357), si no existe una manifestación escrita del fallecido sobre la cremación, la decisión puede ser tomada por sus familiares más cercanos, siguiendo este orden:
Cónyuge sobreviviente o conviviente civil.
Hijos mayores de edad.
Padres.
Hermanos.
Otros parientes consanguíneos.
Es importante que exista acuerdo entre los familiares de igual grado jerárquico (por ejemplo, todos los hijos), o al menos que no haya oposición de alguno de ellos, ya que las discrepancias pueden derivar en conflictos legales o retrasos en el proceso.
3. Documentación requerida
Para proceder con la cremación sin un testamento que lo autorice, será necesario presentar la siguiente documentación ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) y el crematorio:
Certificado de defunción emitido por médico o autoridad competente.
Cédula de identidad del fallecido y del familiar que solicita la cremación.
Declaración jurada simple del familiar solicitante que confirme la inexistencia de oposición por parte de otros familiares de igual jerarquía.
Autorización expresa firmada por los familiares más cercanos, según el orden de prelación.
El crematorio no podrá proceder sin esta autorización, pues su operación está sujeta a un estricto cumplimiento legal.
4. ¿Qué pasa si hay desacuerdo entre los familiares?
Si los familiares no logran ponerse de acuerdo sobre la cremación, y uno o más parientes se oponen, la decisión deberá resolverse por vía judicial. Esto puede generar demoras significativas y un proceso emocionalmente desgastante.
En estos casos, un juez civil evaluará los antecedentes y determinará si la cremación puede realizarse, siempre priorizando el respeto por la dignidad del fallecido y el interés común de la familia.
5. Consideraciones éticas y emocionales
La decisión de cremar a un ser querido no es solo legal, sino también profundamente emocional. Algunos aspectos que suelen influir en la elección incluyen:
Creencias religiosas o espirituales del fallecido y su familia.
Tradiciones culturales o familiares.
Costos funerarios: la cremación suele ser más económica que el entierro tradicional.
Impacto ambiental: algunas personas eligen la cremación por razones ecológicas.
En ausencia de una voluntad expresa, los familiares deben reflexionar cuidadosamente sobre qué habría querido el fallecido, respetando su historia, valores y creencias.
6. Ventajas de dejar instrucciones anticipadas
Este tipo de situaciones pone de relieve la importancia de dejar instrucciones por escrito sobre los deseos funerarios. Una manifestación anticipada puede incluirse en:
Un testamento.
Una directiva anticipada de voluntad (documento legal donde una persona expresa sus preferencias sobre tratamientos médicos o disposición final de su cuerpo).
Una carta privada firmada y fechada.
Contar con estas instrucciones no solo facilita la logística tras el fallecimiento, sino que también evita conflictos familiares y asegura que se cumplan los deseos del fallecido.
7. Recomendaciones prácticas
Habla con tu familia: Conversar abiertamente sobre preferencias funerarias puede parecer incómodo, pero es un acto de amor y responsabilidad.
Documenta tus deseos: Aunque no sea un testamento notarial, dejar una carta firmada con tus preferencias puede ser de gran ayuda.
Consulta con un abogado: Si eres familiar de una persona fallecida y tienes dudas sobre cómo proceder, es recomendable buscar asesoría legal.
Elige proveedores confiables: Crematorios y funerarias con experiencia pueden orientarte sobre el procedimiento correcto, incluso en casos complejos.
Conclusión
Cuando una persona fallece sin haber dejado instrucciones sobre si quería ser cremada, corresponde a los familiares más cercanos tomar esta difícil decisión. En Chile, el marco legal establece un orden claro para determinar quién puede autorizar la cremación, siempre que no haya oposición de otros familiares del mismo nivel jerárquico.
A pesar de la ausencia de un testamento, es posible actuar de forma respetuosa y legal, priorizando el bienestar de la familia y el posible deseo del fallecido. Para evitar confusiones en el futuro, se recomienda dejar constancia por escrito de las preferencias funerarias, una decisión que puede brindar tranquilidad tanto en vida como después de la partida.